Licencia por Enfermedad Supletoria Pagada Para COVID-19 Sigue Proporcionando Alivio
Ha pasado un poco más de un año desde que el Gobernador de California Gavin Newsom promulgó la Orden Ejecutiva del 6 de mayo del 2020, la cual facilita que los trabajadores que contraen COVID-19 puedan obtener prestaciones de Indemnización al Trabajador. Y aunque la pandemia ha devastado nuestro estado, nuestro país y el mundo entero, el desarrollo de tres vacunas ha dado esperanza al futuro según muchas personas.
Existen muchas razones para tener esperanza, pero los trabajadores deben mantenerse siempre en alerta. Con el 2021 llegaron prestaciones renovadas de Licencia por Enfermedad Supletoria Pagada Para COVID-19. Como lo ha delineado el Departamento de Relaciones Industriales del Estado de California, estas prestaciones ayudan a proteger a aquellas personas que no pueden darse el lujo de trabajar desde sus casas—las enfermeras, los Teamsters, los agentes de seguridad pública, los empleados de tiendas, etc.
Las directrices actualizadas cubren a empleados en los sectores públicos o privados que trabajan para empleadores que tienen más de 25 empleados. Estos trabajadores tienen derecho a 80 horas de licencia por enfermedad relacionada al COVID-19 a partir del 1ro de enero del 2021 hasta el 30 de septiembre del 2021, inmediatamente después de notificarle al empleador verbalmente o por escrito.
"Esta prórroga es excelente para los trabajadores de California, especialmente para aquellos que son considerados trabajadores esenciales y que han tenido que encarar los peligros de COVID de frente desde que comenzó la pandemia," comenta el abogado Steve Scardino, un socio en el bufete legal de Gordon, Edelstein, Krepack, Grant, Felton & Goldstein, LLP (GEK). "Sumándole a esto la protección proveída por las últimas medidas de orientación de OSHA que ayudan a los empleadores y a los trabajadores a identificar los riesgos de contagio al COVID-19 en el trabajo, y creo que nos estamos orientando hacia un futuro con más esperanza."
Detalles Sobre la Licencia Pagada
Un empleado cubierto puede tomar licencia si él o ella no puede trabajar ni teletrabajar por alguna de las razones a continuación:
- Cuidando de sí mismo/a– como lo definen las directrices del Departamento de Salud Pública de California, los Centros para el Control y Prevención de las Enfermedades o el agente de salud pública dentro de la jurisdicción local correspondiente.
- Cuidando a un miembro de su familia—alguien que se encuentra en cuarentena debido a COVID-19 o es un menor cuya escuela o guardería está cerrada o no está disponible debido a COVID-19.
- Relacionado a vacunas—se define ya sea para asistir a una cita de vacunación o cuando la persona no puede trabajar debido a efectos secundarios relacionados a su vacuna.
Aunque los empleados de tiempo completo califican para las 80 horas, los detalles para los empleadores de medio tiempo son un poco más difícil de calcular. Esto se basa en fórmulas que toman en cuenta si el trabajador de medio tiempo tiene un horario regular semanal o un horario que varía. Los detalles específicos referente a estas prestaciones se pueden encontrar en el Departamento de Relaciones Industriales.
"Como abogados de Indemnización al Trabajador, estamos en las primeras líneas de asistencia para empleados, asegurándonos que ellos reciban la gama completa de prestaciones a las cuales tienen derecho si sufren una lesión o enfermedad en el trabajo," comenta Scardino.
"Este último año ha sido singular, dado que el virus letal ha derribado a trabajadores de todas las edades y responsabilidades laborales. Nosotros en GEKLAW seguimos apoyando a nuestros compañeros y compañeras, y esperamos con ansias un futuro más positivo."