Prestaciones por discapacidad temporal en el sistema de Indemnización al Trabajador

 ¿Qué son las prestaciones por discapacidad temporal?

En California, las prestaciones por discapacidad temporal tienen como fin sustituir parcialmente la pérdida de ingresos al reemplazar en parte lo que el empleado hubiera ganado si no le hubiera ocurrido la lesión laboral. Estas prestaciones se pagan solo por lesiones relacionadas al trabajo y requieren un hallazgo médico indicando que usted no puede trabajar o está limitado en el tipo o volumen de trabajo que puede realizar.

Temporary disability benefits: teacher getting advice from doctor

Por ejemplo, si un empleado que trabaja en una oficina como recepcionista sufre una lesión de trauma acumulativa y repetitiva en sus muñecas y su medico le dice que ya no puede realizar ninguna clase de trabajo repetitivo con sus manos, tendría derecho a la discapacidad temporal si su empleador no tiene ningún trabajo que se conforme a esas restricciones.

Sin embargo, si un empleado trabaja en una bodega y se lastima la espalda, y debido a esto su medico le dice que sí puede trabajar pero no puede levantar más de diez libras, y si el empleador puede adecuarse a esta limitación, entonces el trabajador lastimado no tendría derecho a la discapacidad temporal dado que la asignación alternativa no requiere levantar más de diez libras.

¿Por cuánto tiempo puedo recibir prestaciones?

Las prestaciones por discapacidad temporal en California son determinadas por las restricciones de trabajo que le da su doctor y lo que pueda hacer su empleador por adaptar esas restricciones. Además, California ha implementado algunas limitaciones con respecto a cuánto tiempo puede recibir prestaciones por discapacidad temporal.

Los pagos por discapacidad temporal se terminan si vuelve a su trabajo completo, su doctor recomienda que puede volver al trabajo con limitación y el empleador puede adaptarse a esa limitación, o su condición se estabiliza a tal punto que califica para prestaciones por discapacidad permanente.

En la mayoría de los casos, las prestaciones por discapacidad temporal tienen un límite de un total de 104 semanas dentro de un plazo de cinco años a partir de la fecha de lesión y se deben pagar dentro de ese plazo de cinco años. Sin embargo, si usted padece de cualquiera de los problemas médicos a continuación, podría recibir hasta 240 semanas de prestaciones por discapacidad temporal:

  • Hepatitis aguda y crónica B o C
  • Amputaciones
  • Quemaduras graves
  • VIH
  • Lesiones oculares de alta velocidad
  • Quemaduras químicas en los ojos
  • Fibrosis pulmonar
  • Enfermedad pulmonar crónica

¿Qué es el Código Laboral 4661.5?

Cuando se determina que un empleado calificia para prestaciones por discapacidad temporal, la tasa de prestaciones se calcula según los límites establecidos por el Código Laboral basado en la fecha de su lesión. Los limites mínimos y máximos legales para determinar la tasa de discapacidad temporal establecida por el Código Laboral se utilizan para determinar el monto de prestaciones pagaderas y ese monto seguirá igual por lo que dure la discapacidad, con una excepción.

Doctor reviewing injuries

El Código Laboral ha establecido una excepción a esta regla en el § 4661.5, del CL, que indica que cuando se emite un pago por discapacidad temporal dentro de dos años o más a partir de la fecha de lesión, el monto del pago se calcula de conformidad con la tasa especificada en el Código Laboral en la fecha que se emite cada pago, a menos que eso resulte en un pago más bajo. Para recibir esta tasa mayor, debe tener ingresos (o el derecho a ingresos mayores) que apoyarían la tasa mayor por discapacidad temporal.

Esto ocurre a menudo cuando un empleado se lastima y pasa por períodos donde realiza trabajo modificado, deja de trabajar completamente, reanuda el trabajo y finalmente se somete a una cirugía más de dos años después. Si esto sucede y durante esos dos años obtuvo un aumento, su capacidad de ganar ingresos aumentó, o su gremio negoció un aumento a resultado de un convenio colectivo entre su fecha de lesión y la fecha en la cual le pagan después de esos dos años, aun tiene derecho a esa tasa mayor por discapacidad temporal.  Ciertamente, usted es empleado agremiado, así que es probable que usted se beneficie de esta excepción.

Complementando su discapacidad temporal con otras prestaciones

Es importante mencionar que los pagos por discapacidad temporal no pretenden ser una prestación de reemplazo de salario completo. Su tasa de pago semanal por discapaciad temporal se basa sobre dos tercios del promedio de su salario semanal en la fecha de su lesión y no puede exceder la tasa máxima establecida por el Código Laboral para ese año.

Aunque es probable que esta tasa cambie cada año basado en la inflación, una tasa de dos tercios aun seguirá siendo menos de lo que ganaba anteriormente, especialmente para empleados con ingresos altos. Sin embargo, puede aun complementar sus prestaciones por discapaciad temporal hasta una cantidad que aproxime su sueldo completo al acordar con su empleador para utilizar licencias acumuladas tales como vacaciones o días de enfermedad. Esto ayuda a cerrar la brecha entre lo que deben ser sus salarios y lo que le falta al recibir únicamente la discapacidad temporal.

Otras prestaciones monetarias a considerar

Tambien existen ciertas situaciones donde podría tener derecho a más de la tasa estatal o prestaciones adicionales. Una de las situaciones más comunes es el empleado que es parte de un gremio que negocia los términos contractuales y lo cual le da derecho a más de la tasa estatal.

Además, el Código de Educación hace una excepción en cuanto a prestaciones adicionales para los empleados de distritos escolares tanto titulados (maestros y ciertos administradores) y los clasificados (maestros auxiliares, asistentes, conserjes, etc.). A pesar de que la mayoría de empleados solo reciben prestaciones por discapaciad temporal, un empleado del distrito escolar podría recibir salario completo mientras que esté fuera del trabajo debido a una lesión laboral.

Esto se debe a que el Código de Educación estipula pagos especiales que incluyen prestaciones normales de indemnización al trabajador, así como 60 días de licencia por accidente o enfermedad laboral, licencia por enfermedad, licencia de vacaciones, feriados pagados, y un tipo de licencia llamada de "licencia diferenciada". Eso significa que a un empleado del distrito escolar se le permite hasta 60 días de reemplazo completo del sueldo y después los pagos por discapacidad temporal son complementados al usar las licencias por enfermedad, vacaciones y días feriados.

La licencia diferenciada permite que un empleado del distrito escolar que se ausenta de sus deberes por cinco meses o menos tenga el monto deducido de su sueldo sin exceder lo que se le ha pagado al empleado suplente que llenó su puesto.

La mayoría de los empleados de seguridad pública también pueden recibir prestaciones adicionales bajo el Código Laboral (Artículo 4850). A este personal especificado de seguridad pública y del departamento de bomberos se le paga su sueldo completo después de una lesión laboral en vez de la tasa normal de dos tercios por un período que no puede exceder un año. Después de ese año reciben pagos por discapacidad temporal a la tarifa normal por el resto de su discapacidad.

¿Qué ocurre con las prestaciones por discapaciad del seguro estatal por medio del Departamento del Desarrollo del Empleo (EDD)?

Durante un período de demora o disputa con respecto al derecho a las prestaciones por discapacidad temporal en su caso de indemnización al trabajador, y si usted ha aportado al programa del seguro por discapacidad del estado (SDI) del Departamento del Desarrollo del Empleo de California (EDD), puede solicitar y obtener estas prestaciones.  Si más adelante, la indemnización al trabajador realmente es responsable de pagar prestaciones después de recibir pagos del SDI, indemnización al trabajador le pagará a SDI sin costo alguno para usted.  En casos poco frecuentes, si su tasa de SDI es mayor que su tasa por discapaciad temporal de indemnización al trabajador, podría recibir dinero de ambas fuentes al mismo tiempo.  Si usted sigue discapacitado después de haber agotado sus dos años de pagos de indemnización al trabajador, aun podría solicitar y obtener hasta un año de pagos de SDI.

Nuestro equipo de abogados en Gordon, Edelstein, Krepack, Grant, Felton & Goldstein (GEKLAW) ayuda a los trabajadores en California a lograr precisamente eso y lo pueden guiar a través del proceso legal para que esté informado sobre sus derechos con respecto al pago de prestaciones por discapacidad temporal por una lesión relacionada al trabajo.

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