No Pase por Alto el Fondo Fiduciario de Beneficios por Lesiones Subsecuentes

¿Qué es el Fondo Fiduciario de Beneficios por Lesiones Subsecuentes?

Según el Departamento de Relaciones Industriales de California, el Fondo Fiduciario de Beneficios por Lesiones Subsecuentes (SIBTF) ofrece compensación adicional a algunos trabajadores con discapacidad que se lesionan en el trabajo y que tienen una discapacidad previa.  Creado en 1945, el SIBTF anima a los empleadores a contratar a trabajadores con discapacidad sin la preocupación de ser plenamente responsables por discapacidades preexistentes. Además, alienta a los trabajadores con discapacidades preexistentes a buscar empleo.

Beneficios por lesiones subsecuentes

Muchas personas encuentran desconcertante el término “lesión subsecuente” y lo confunden con “discapacidad preexistente”. Esta última puede ser de origen laboral o no laboral, mientras que la lesión “subsecuente” debe ser de origen laboral.

La lesión se considera “subsecuente” porque la persona lesionada debe tener una discapacidad que sea anterior a la lesión subsecuente.

¿Cómo Califica para el SIBTF?

Calificar para el SIBTF puede ser complicado, razón por la cual, por lo general, solo los trabajadores lesionados representados por un abogado presentan la solicitud.  Para calificar para los beneficios del SIBTF, la lesión laboral y la discapacidad preexistente, al combinarse, deben equivaler a por lo menos un 70 por ciento de incapacidad permanente.   La nueva lesión laboral debe causar por lo menos un 35 por ciento de incapacidad permanente sin ningún factor de ajuste que intervenga, con algunas excepciones. 

Esto se establece en el Código Laboral 4751. Además del requisito del 70 por ciento de incapacidad permanente, establece lo siguiente:

  • El empleado debe tener una incapacidad parcial permanente preexistente, que puede ser de origen laboral o no laboral.
  • El empleado debe tener una incapacidad laboral subsecuente.
  • Las dos discapacidades combinadas deben ser mayores de lo que habría sido la discapacidad del empleado si solo hubiera sufrido la lesión subsecuente y no la preexistente.

La intención legislativa de esta ley es que un trabajador lesionado con una discapacidad o deficiencia preexistente tenga la oportunidad de buscar y obtener un empleo remunerado acorde con sus habilidades.

Si un trabajador lesionado califica para el fondo fiduciario por lesiones subsecuentes, el Estado de California ayudará a cubrir la diferencia entre la discapacidad general de la persona y el monto de la discapacidad derivada únicamente de la lesión laboral “subsecuente”.

El Proceso de Solicitud del SIBTF

El SIBTF es una fuente legalmente válida y potencialmente significativa de beneficios adicionales de Compensación al Trabajador en California. Sin embargo, el proceso de solicitud de los beneficios del SIBTF es complicado. Entran en juego los beneficios del Seguro Social por Discapacidad o de las pensiones por discapacidad, y hay evidencia legal y médica que debe tenerse en cuenta. También existen diversas excepciones. Pero aun cuando esta es un área muy compleja de la ley de Compensación al Trabajador, vale la pena explorar este beneficio por lesión permanente con la orientación de un abogado experimentado y con conocimiento.

Los abogados de Gordon, Edelstein, Krepack, Grant, Felton & Goldstein, LLP (GEK) conocen a fondo las complejidades del SIBTF y los beneficios que este ofrece. Hemos identificado y obtenido con éxito valiosos beneficios del SIBTF para trabajadores gravemente lesionados. Si desea hablar con un abogado de GEK sobre sus opciones legales, llame al 213-739-7000 o haga clic aquí. 

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